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ASILO

¿Qué es el asilo?
El asilo es el procedimiento legal por el que se permite a una persona que tiene fundados temores de ser perseguida en su país de origen permanecer en Estados Unidos sin temor a ser deportada o expulsada, con lo que podrá trabajar, viajar al extranjero y solicitar que sus hijos menores de 21 años se reúnan con ella en Estados Unidos. Las personas a las que se concede asilo se denominan asilados.

¿En qué se diferencian los asilados de los refugiados?
Presencia en EE.UU. Los asilados ya se encuentran físicamente en Estados Unidos o se encuentran físicamente en un puerto de entrada de Estados Unidos solicitando la admisión en Estados Unidos. Los refugiados, por el contrario, se encuentran fuera de su país de origen y de Estados Unidos y buscan ser admitidos en Estados Unidos.

Apátridas. Tanto los asilados como los refugiados no pueden regresar a sus países de origen debido a un temor fundado de persecución por una característica protegida como su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social determinado.

Con qué frecuencia se concede asilo a las personas?
En 2019, el Departamento de Estado de Estados Unidos concedió asilo a 46.500 personas. En 2018, solo 37 600 recibieron asilo.

Puede un extranjero indocumentado en EEUU solicitar asilo?
Sí. El proceso de asilo está abierto tanto a extranjeros que tengan visados válidos como a extranjeros indocumentados que se encuentren físicamente en EEUU sin un visado válido. Un extranjero indocumentado es una persona que ha entrado en EE.UU. sin un visado válido, o aquellos que permanecen en EE.UU. después de que expire su visado válido.

¿Cómo puede iniciarse el proceso de asilo?
Si se encuentra en un puerto de entrada a EE.UU. Puede declarar al agente de fronteras que solicita asilo. Entonces le indicarán que rellene el formulario I-589 (solicitud de asilo) y le someterán a una entrevista.

Si ya estás en Estados Unidos, puedes iniciar el proceso de asilo en el plazo de un año desde la fecha de tu última llegada a Estados Unidos (tuvieras o no un visado válido). Esto se denomina proceso afirmativo. Debe iniciar el proceso de asilo afirmativo antes de que le detengan y antes de que se inicie el procedimiento de deportación o expulsión contra usted.

También puede solicitar asilo cuando esté a la espera de ser deportado o expulsado de EE.UU.. Esto se denomina proceso defensivo. Esto significa que ya está a la espera de ser expulsado y que solicita asilo como medio para retrasar o evitar su expulsión de EE.UU..

¿Qué puedo esperar después de presentar la I-589?
Después de presentar su I-589, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) le notificará que han recibido su solicitud. A continuación, se le notificará su cita para la toma de huellas dactilares. Una vez registradas sus huellas dactilares, el USCIS le notificará el horario de su entrevista.

¿Hay un plazo para presentar la solicitud de asilo?
Sí, existe un plazo estricto de un año. El solicitante debe demostrar mediante “pruebas claras y convincentes” que solicitó asilo en el plazo de un año a partir de la fecha de su última llegada a Estados Unidos. Todavía puede presentar una solicitud de asilo después de ese plazo de un año, pero debe poder demostrar circunstancias extraordinarias o un cambio sustancial de circunstancias.

¿Qué agencia gubernamental se encarga del proceso de asilo?
Al principio, es la División de Asilo del USCIS la que realiza la entrevista de “miedo creíble”. → En la frontera, un oficial de asilo determina si el solicitante tiene un “temor razonable de persecución o tortura” y deniega la solicitud de asilo o la remite a un Juez de Inmigración (IJ). → Si el solicitante de asilo ya está en los EE.UU. y un oficial de asilo remitirá el caso de asilo a un IJ para una audiencia completa.

Puedo trabajar después de presentar una solicitud de asilo?
Después de presentar una solicitud de asilo y desea trabajar, puede obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD) mediante la presentación de un I-765. No debe presentar el I-765 hasta pasados 150 días desde la fecha en que solicitó el asilo. Una vez expedido el EAD, podrá trabajar mientras espera el resultado de su solicitud de asilo.

¿Me detendrán si solicito asilo? Depende.

Si está en Estados Unidos con un visado válido (como turista o estudiante, por ejemplo), no le detendrán si solicita asilo mientras su visado siga siendo válido.

Si tenías un visado válido pero tu visado ha caducado o si entraste ilegalmente en EE.UU., pero llevas dos años en el país, no te detendrán.

Si se encuentra en la frontera solicitando asilo, puede ser detenido mientras se tramita su solicitud de asilo o puede ser puesto en libertad condicional. El USCIS puede permitirle entrar temporalmente en EE.UU. y quedarse aunque no tenga un visado de inmigrante o de no inmigrante, pero sólo por motivos humanitarios o de beneficio público significativo.

Si ya se ha iniciado un procedimiento de deportación o expulsión contra usted, será detenido con toda seguridad.

¿Qué tendré que demostrar en una entrevista de asilo?
En la entrevista inicial, el solicitante de asilo debe poder demostrar que teme ser perseguido si regresa a su país y que ese temor es razonable. El temor es razonable si existe una posibilidad razonable de sufrir persecución en el futuro.

Tenga en cuenta que en la entrevista inicial sólo se determina si existe un “miedo creíble” a la persecución. Para que un Juez de Inmigración conceda el asilo, el solicitante debe poder demostrar que tiene un “temor fundado”. Hay temor fundado cuando el temor no sólo es auténtico, sino que también tiene una base de hecho.

Mediante pruebas documentales o testimoniales, el solicitante de asilo debe demostrar lo siguiente: → El solicitante posee una característica protegida (por ejemplo, si es gay en un país musulmán) o si pertenece a un grupo perseguido (por ejemplo, los rohingya en Myanmar). → Hay un perseguidor que sabe que el solicitante posee una característica protegida → El perseguidor tiene la capacidad de castigar al solicitante → El perseguidor tenía la inclinación (o quiere y busca) castigar al solicitante

Cómo puedo demostrar estas cosas?
Puedes demostrar que tu miedo a la persecución es creíble mediante tu testimonio. Tu testimonio debe ser corroborado por familiares o amigos y otras personas estrechamente relacionadas contigo.

También puede presentar fotografías o certificados médicos si ha sido torturado, violado o agredido. Los artículos de prensa también pueden ayudar a demostrar la persecución de un grupo de personas.

Si deniegan mi solicitud de asilo, ¿qué puedo hacer?
Si el funcionario de asilo deniega su solicitud de asilo, puede solicitar una revisión por parte de un Juez de Inmigración. Si el Juez de Inmigración deniega su solicitud, puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals, BIA). Si la BIA deniega su solicitud, puede apelar ante el Tribunal de Circuito de Apelaciones de EE.UU. (US Circuit Court of Appeals). Y si el Tribunal de Apelaciones deniega su solicitud, aún puede apelar ante el Tribunal Supremo de EE.UU.

¿Necesito un abogado?
En Estados Unidos una persona puede representarse a sí misma ante cualquier tribunal, esto se denomina representación “pro se”. Las leyes de inmigración estadounidenses son extremadamente complejas y cambian constantemente. Hasta el más mínimo error involuntario en la solicitud puede retrasar a un solicitante durante años o incluso provocar la denegación de su caso. Un abogado competente puede ayudarle a determinar si reúne los requisitos para el programa al que aspira, así como a reunir y presentar pruebas que respalden su solicitud. Un abogado también puede acompañarle en su entrevista, así como prepararle de antemano mediante simulacros de entrevistas, para que sepa qué esperar y esté preparado. Un abogado también puede apelar cualquier denegación de un solicitante ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) y posteriormente ante el Tribunal de Circuito de Apelaciones hasta llegar al Tribunal Supremo.
¿Cómo puede ayudarme un abogado?

En Estados Unidos una persona puede representarse a sí misma ante cualquier tribunal, esto se denomina representación “pro se”. Las leyes de inmigración estadounidenses son extremadamente complejas y cambian constantemente. Hasta el más mínimo error involuntario en la solicitud puede retrasar a un solicitante durante años o incluso provocar la denegación de su caso. Un abogado competente puede ayudarle a determinar si reúne los requisitos para el programa al que aspira, así como a reunir y presentar pruebas que respalden su solicitud. Un abogado también puede acompañarle en su entrevista, así como prepararle de antemano mediante simulacros de entrevistas, para que sepa qué esperar y esté preparado. Un abogado también puede apelar cualquier denegación de un solicitante ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) y posteriormente ante el Tribunal de Circuito de Apelaciones hasta llegar al Tribunal Supremo.